El Gobierno arranca con la regulación cripto y abre el registro de billeteras que operan con bitcoin

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En línea con la ley de prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo, la Comisión Nacional de Valores puso en marcha el registro de proveedores de activos virtuales.

Melina Manfredi

Las criptomonedas suben ante la perspectiva de mayor inflación mundial. (Foto: Dado Ruvic/Reuters).

Bitcoin y ethereum son las criptomonedas más reconocidas, pero existen muchas más. (Foto: Dado Ruvic/Reuters).

Luego de la sanción en el Senado de la reforma a la Ley de Lavado de Activos, la Comisión Nacional de Valores (CNV) inició el registro de las plataformas locales que operan con bitcoin y otras criptomonedas. A través de la resolución general 994, el organismo dio el puntapié inicial para individualizar a las empresas del sector. Algo similar a lo que hace algunos años hizo el Banco Central (BCRA) con las billeteras virtuales.

El presidente de la CNV, Roberto Silva, explicó esta semana en un evento organizado por el IAEF que “el registro identificará los sujetos obligados. Luego se regulará y se supervisará, siempre teniendo en cuenta los aportes y posiciones del sector”. Además, resaltó que “para la instancia de regulación y posible licencia habrá consulta pública”.

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Por ahora, la normativa conocida este viernes crea un registro en el que tendrá que inscribirse cualquier “Proveedor de Servicios de Activos Virtuales” (PSAV), definido como una persona humana o jurídica que, como negocio, realiza una o más de las siguientes actividades u operaciones para o en nombre de otra persona humana o jurídica:

  • Intercambio entre activos virtuales y monedas de curso legal.
  • Intercambio entre una o más formas de activos virtuales.
  • Transferencia de activos virtuales.
  • Custodia y/o administración de activos virtuales o instrumentos que permitan el control sobre los mismos.
  • Participación y provisión de servicios financieros relacionados con la oferta de un emisor y/o venta de un activo virtual.

De esta manera, la CNV obliga a la inscripción en el registro a todas las personas humanas o empresas constituidas en la Argentina o fuera del ella, si realizan alguno de esos servicios en el país.

Roberto Silva, presidente de la Comisión Nacional de Valores, anticipó que habrá una consulta pública antes de definir si el organismo otorgará licencias a los jugadores del mundo cripto. (Foto: Gentileza Clarín).

Roberto Silva, presidente de la Comisión Nacional de Valores, anticipó que habrá una consulta pública antes de definir si el organismo otorgará licencias a los jugadores del mundo cripto. (Foto: Gentileza Clarín).

Para dar claridad sobre este último punto, la resolución indica que se entenderá la actividad se realiza en el país cuando las plataformas utilicen cualquier dominio “.ar”; tengan acuerdos comerciales con terceros o subsidiarias o vinculadas que les permitan recibir localmente fondos u activos de residentes argentinos para la realización de las actividades u operaciones (o cualquier actividad similar de las que se conocen como servicios de rampa); tengan un claro direccionamiento a residentes en la Argentina; efectúen publicidad claramente dirigida a residentes argentinos; o su volumen de negocios en la Argentina exceda del 20% de su volumen total de negocios.

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Los PSAV que ya están operando en el país tendrán 45 días para solicitar su incorporación al registro, que recopilará datos generales de las personas y empresas que se dediquen a las operaciones con activos virtuales. Entre ellos, domicilio, CUIT, representante legal y un listado de las actividades que realiza. Los fines de ese registro son informativos y de prevención del lavado de activos.

En esa línea, las plataformas deberán incorporar en sus sitios web una leyenda que indique su número de inscripción y aclare que ese registro “es a los fines del control como Sujeto Obligado ante la Unidad de Información Financiera (UIF) y de todo otro ente regulador facultado a tal efecto, en el marco de sus competencias, y no implica licencia ni supervisión por parte de la Comisión Nacional de Valores sobre la actividad realizada por el PSAV”.

El usuario no tendrá ningún cambio en la operatoria, pero el registro ante la CNV agregará capas de seguridad. (Foto: Bitso).

El usuario no tendrá ningún cambio en la operatoria, pero el registro ante la CNV agregará capas de seguridad. (Foto: Bitso).

Desde el punto de vista del usuario, no habrá mayores cambios en la operatoria. En ese sentido, desde el sector recuerdan que ya hace tres años que la AFIP tiene información sobre las operaciones con criptoactivos.

A partir de ahora, se reportarán a la UIF operaciones que resulten sospechosas de lavado, con un enfoque basado en riegos que diseñará cada plataforma (es decir, que no será por montos ni por cantidad de operaciones). En tanto, el registro ante la CNV agregará capas de seguridad.

La reacción del sector cripto a la regulación

Las empresas locales que operan con activos virtuales son parte de la Cámara Fintech Argentina y esperaban por esta normativa. En líneas generales, la novedad fue bien recibida porque, como ellos mismos explican, a nadie le interesa que se utilicen las plataformas para maniobras de lavado de dinero.

Cualquier plataforma que permita el intercambio entre monedas emitidas por países y criptomonedas en la Argentina tendrá que inscribirse en el registro. (Foto: Reuters/Dado Ruvic).

Cualquier plataforma que permita el intercambio entre monedas emitidas por países y criptomonedas en la Argentina tendrá que inscribirse en el registro. (Foto: Reuters/Dado Ruvic).

Sin embargo, piden por una “regulación inteligente”, que también tenga en cuenta la modernización de otras normativas, como las del Banco Central y la AFIP, entre otros organismos. Además, dado que el mayor control puede desalentar a los usuarios, proponen una serie de beneficios fiscales para quienes operen con criptomonedas en el país. Esas propuestas son:

  • Excluir del Impuesto a las Ganancias los resultados de fuente argentina obtenidos por personas humanas y sucesiones indivisas provenientes de la compraventa y rendimientos de activos virtuales, siempre que intervenga un PSAV inscripto en el registro ante la CNV. En el caso de las empresas, se propone que se tome el costo de adquisición y reconocer la ganancia sólo al momento de la venta y no por su mera tenencia.
  • Eximir del Impuesto a los Bienes Personales a las tenencias de activos virtuales que, al 31 de diciembre de cada año, se encuentren almacenadas y/o custodiadas por un PSAV inscripto ante la CNV.
  • Eliminar cualquier limitante a la exención plena al impuesto al Cheque de las cuentas recaudadoras de las PSAV inscriptas ante la CNV, como sucede con otros intermediarios en activos regulados.

Cada vez más usos para el bitcoin y las criptomonedas

Poco tiempo después del DNU de Javier Milei que desreguló fuertemente los contratos, se conoció el caso de un alquiler acordado en bitcoin, en Rosario.

Ahora, una empresa pudo poner su tenencia de criptomonedas como colateral para conseguir una garantía y recibir un préstamo. La operación se conoció este viernes e involucra a Nippy -una plataforma que conecta a los migrantes que trabajan para aplicaciones móviles de delivery y mensajería- que no conseguía financiamiento.

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A través de una alianza entre la SGR Acindar Pymes y la startup Aconcagua -que provee tecnología blockchain a instituciones- Nippy pudo ofrecer en garantía sus activos blockchain. Así, obtuvo un aval de la SGR para acceder a un crédito, mientras que Aconcagua actuó como proveedor de tecnología blockchain y los acompañó en el proceso.

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