Verano 2025 en Córdoba: Qué documentación y normas exige la Policía Caminera al viajar por la provincia

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Con el inicio de la temporada de verano, Córdoba se convierte en un destino elegido tanto por locales como por turistas de todo el país. Las rutas que atraviesan la provincia, conectando sus variados atractivos turísticos, también se llenan de viajeros. 

Sin embargo, esta época suele traer consigo un aumento en las consultas y quejas sobre los requisitos solicitados por la Policía Caminera, lo que hace imprescindible conocer las normativas vigentes para evitar sanciones.

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La Policía Caminera de Córdoba regula el tránsito bajo la Ley Provincial 8560-T y la Ley 9169/2004. Ambas normativas establecen que las infracciones pueden derivar en multas económicas y la quita de puntos en la licencia de conducir. Para circular de manera segura y en regla, es fundamental portar la siguiente documentación:

  • Licencia de conducir física: La versión digital no es aceptada debido a la falta de conectividad en algunos tramos de las rutas.

  • – Documento Nacional de Identidad (DNI).

  • – Póliza de seguro vigente.

  • – Cédula verde o de identificación del vehículo: Incluye datos del titular y características del automóvil.

  • – Revisión Técnica Vehicular (RTV) o Inspección Técnica Vehicular (ITV): Obligatoria para vehículos registrados en Córdoba.

Además, se debe contar con elementos de seguridad como matafuegos homologados y en buen estado, balizas triangulares y cinturones de seguridad funcionales para todos los ocupantes.

Normas de seguridad vial y controles adicionales

En Córdoba, rige la Ley de Tolerancia Cero al alcohol, lo que implica que no está permitido conducir bajo los efectos de bebidas alcohólicas. También se realizan controles de velocidad y del estado general del vehículo. Es obligatorio mantener las luces bajas encendidas durante el día en rutas y autopistas, donde las velocidades máximas son de 110 km/h y 130 km/h, respectivamente.

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Para los turistas que ingresen a la provincia por primera vez, la Caminera implementa una medida de «apercibimiento» en caso de no encender las luces bajas, aunque esta indulgencia no aplica a los residentes cordobeses.

Matafuegos: precios y sanciones

El matafuegos es un elemento obligatorio que debe estar dentro del habitáculo, accesible y con la carga vigente. Sin embargo, su alto costo y la creciente demanda han generado inconvenientes. Un matafuegos nuevo cuesta entre $40.000 y $45.000, aunque en algunos casos el precio se duplicó. La recarga, en cambio, tiene un costo que varía entre $8.000 y $12.000.

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Si bien la falta de un matafuegos habilitado es considerada una infracción leve, las multas oscilan entre $24.000 y $120.000, dependiendo del caso. Existe la posibilidad de abonar el 50% del monto si se realiza un pago voluntario en tiempo y forma.

Escala de multas y costos

Las infracciones se clasifican según su gravedad:

  • – Leves: Multas de $24.000 a $120.000, pérdida de 0 a 2 puntos. Ejemplo: conducir fumando.

  • – Graves: Entre $120.000 y $240.000, con pérdida de 2 a 5 puntos. Ejemplo: no usar luces bajas.

  • – Muy graves: Hasta $480.000 y pérdida de 5 a 20 puntos. Ejemplo: cruzar un semáforo en rojo.

  • – Máximas: Desde $1.440.000 hasta $2.400.000.

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