El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (Uscis, por sus siglas en inglés) indica que los asilados están sujetos a reglas especiales para viajar. La agencia es contundente en su respuesta, y pide que el beneficiario del programa humanitario obtenga un permiso.
El asilo en Estados Unidos se otorga a ciudadanos de otros países como forma de protección para quienes han sufrido persecución o porque tienen temor de padecerlo por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un grupo social u opinión política.
Si un beneficiario de asilo planifica salir del país, primero debe obtener un permiso para regresar a Estados Unidos, mediante un Documento de Viaje de Refugiado (RTD). El cónyuge y los hijos beneficiarios también deben obtener la autorización.
“Si usted no obtiene un documento de viaje de refugiado antes de salir de Estados Unidos, es posible que no pueda volver a entrar, o que lo coloquen en un proceso de remoción ante un juez de inmigración», indica Uscis.
Para el caso de las personas que solicitaron asilo y no ha recibido una decisión, la agencia advierte que no debe salir de Estados Unidos sin primero obtener el permiso adelantado de ingreso, que les permitirá regresar sin una visa después de viajar al extranjero.
“Se considerará que un solicitante de asilo ha abandonado su solicitud si sale de Estados Unidos sin antes de obtener un permiso adelantado”, indica. También es importante destacar que la documentación no garantiza que se permitirá al extranjero reingresar.
Para obtener un permiso adelantado de viaje, se debe presentar ante el Uscis el formulario I-131, Solicitud de Documentos de Viaje, Documentos de Permisos de Permanencia Temporal, Registros de Entrada/Salida.
El organismo recomienda hacer la solicitud por lo menos 60 días antes de salir de Estados Unidos.
Otra duda recurrente entre los asilados o solicitantes de asilo es si pueden viajar al país del que salieron en busca de protección. En este sentido, Uscis señala que sí es posible, sin embargo, la concesión puede terminar si, entre otras cosas, se determina:
“Si la pauta de sus viajes refleja que usted no sufrió persecución en el pasado, que tampoco tuvo temor de persecución debidamente fundamentado a base de las categorías protegidas, o que usted persiguió a otros, puede que tenga que explicar el motivo de su viaje a dicho país si no quiere perder su condición de refugiado”, advierte la agencia.
En general, para todos los extranjeros que están en un proceso de inmigración, el Uscis explica que viajar fuera de Estados Unidos puede tener graves consecuencias.
La admisión o el permiso de ingreso en Estados Unidos no está garantizado incluso si tiene los documentos apropiados, y el no ciudadano está sujeto a una inspección o examinación de inmigración en un puerto de entrada para determinar si puede ser admitido y si es elegible para el estatus que desea obtener.