El Gobierno prorrogó nuevamente la intervención del Enacom, el ente que controla las comunicaciones. También extendió la designación de Juan Martín Ozores como interventor, con rango y jerarquía de Secretario.
El decreto 448/2025 publicado en el Boletín Oficial fija para los dos casos el período comprendido entre el 8 de julio de 2025 y el 4 de enero de 2026.
El Enacom había sido intervenido por el Gobierno en enero de 2024 y luego había sido prolongada hasta julio de ese mismo año.
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Para sostener la intervención, el Gobierno argumentó que había verificado que decisiones tomadas por el ente promovieron incumplimientos de disposiciones legales, las cuales motivaron conflictos judiciales.
El Enacom es un ente autárquico que depende de la Jefatura de Gabinete y que tiene como función conducir el proceso de convergencia tecnológica y arbitrar condiciones para que el mercado garantice el acceso a los servicios de internet, telefonía fija radio, de correo y televisión.
La prórroga, que entrará en vigencia el 8 de julio de 2025, fue dispuesta para finalizar el proceso de reorganización y auditoría iniciado tras la intervención original.
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Los fundamentos de la intervención del ENACOM
El Gobierno fundamentó la extensión de la medida en la persistencia de “falencias estructurales en la organización, ausencia de objetivos operativos claros, superposición de competencias, discrecionalidad en el manejo de fondos y deficiencias normativas que obstaculizan la gestión eficaz y transparente del organismo”.
Según detalla el decreto, durante la intervención se avanzó en un diagnóstico institucional, normativo y funcional, aunque aún resta completar la auditoría y la reestructuración integral del ENACOM.
Entre las metas planteadas para esta nueva etapa, el Ejecutivo prevé la conformación de comisiones técnicas y equipos especializados para revisar los procedimientos de concursos de servicios audiovisuales, actualizar la normativa sobre licencias y calidad de servicios, y redefinir tanto el régimen de relación con los usuarios como los procedimientos sancionatorios.
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El texto oficial destaca que se apunta a lograr “simplificación, eficacia regulatoria y fortalecimiento institucional”, de acuerdo con los lineamientos de política pública establecidos por el Gobierno.
Asimismo, el decreto remarca la necesidad de “mejorar la eficacia y eficiencia en la administración de los fondos que percibe el organismo, a través de la simplificación normativa y desarrollo e instrumentación de sistemas adecuados”. También propone redefinir los mecanismos para el cumplimiento de los aportes de inversión por parte de los licenciatarios de Servicios de TIC, con el fin de garantizar el Servicio Universal previsto en la Ley 27.078.
Para el Gobierno, resulta estratégico relevar el estado y la disponibilidad de las bandas del espectro radioeléctrico, y diseñar medidas que permitan optimizar su uso en función de las demandas tecnológicas y la promoción de la competencia.
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El decreto también instruye a revisar el régimen de sanciones para los prestadores de servicios de comunicación audiovisual, postales y de tecnologías de la información y las telecomunicaciones, y analizar la posible incorporación de modificaciones que permitan “disuadir el incumplimiento del marco regulatorio”.
Además, se informó que “se ha iniciado el diseño de una nueva estructura orgánico-funcional, orientada a dotar al organismo de mayor racionalidad, eficiencia operativa y alineación con sus competencias esenciales”, y que dicho proceso requiere continuidad para su puesta en marcha.
El Ejecutivo también encomendó al interventor la elaboración de manuales de procedimiento que permitan unificar criterios, simplificar trámites y establecer objetivos de gestión para las distintas áreas del ENACOM.
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El decreto subraya que “el proceso de reorganización y reestructuración profunda que requiere el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES (ENACOM) se encuentra en curso, siendo necesario culminar las tareas de auditoría, diagnóstico y relevamiento iniciadas, con el fin de contar con un análisis integral y sustantivo respecto del modo en que fueron gestionados los recursos y estructuras previas a la intervención”.
Asimismo, aclara que “las mandas encomendadas al Interventor comprenden no sólo las funciones de gobierno y administración previstas en las Leyes Nros. 26.522 y 27.078 y sus respectivas modificaciones, sino también aquellas necesarias para llevar adelante las acciones tendientes a actualizar el marco regulatorio, adecuar la estructura funcional del organismo y asegurar una gestión eficiente, transparente y moderna”.
LT